Presentan habeas corpus colectivo contra el Aislamiento. Los interrogantes que genera el Sistema de Fases de Axel Kicillof

La presentación judicial se hizo en Mar del Plata – También apunta contra el sistema de fases en la Provincia de Buenos Aires y su falta de fundamentación científica – El devastador impacto económico de la cuarentena en la gastronomía y el comercio – Las suspicacias que genera un relevamiento en barrios marplatenses y la relación entre Axel Kicillof y los Intendentes opositores

Por Pablo Portaluppi

A través de la presentación de un “Habeas Corpus Colectivo”, se interpuso una acción ante la justicia provincial marplatense para que se declare la inconstitucionalidad del Decreto 520/2020 emitido por el Gobierno Nacional el último 7 de junio que, además de prorrogar la cuarentena tres semanas más, discriminaba al país en dos zonas: una comprendida bajo el “Distanciamiento social, preventivo y obligatorio” y otra regida por el “Aislamiento social, preventivo y obligatorio”, originalmente establecido el 19 de marzo de 2020. El escrito fue presentado por el abogado Julio Razona ante la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal de la ciudad de Mar del Plata. Cabe mencionar que se hizo ante el Tribunal de Alzada ya que en primera instancia fue rechazada.

A partir de la decisión del Ejecutivo Nacional, la provincia de Buenos Aires reglamentó con fecha 10 de junio, mediante el Decreto 498/20 y la Resolución 260, la administración de la cuarentena en los 135 municipios bonaerenses y el controvertido sistema de fases. En rigor, hacia allí apunta también la presentación del Dr. Razona. Aún con las recientes medidas dispuestas por el Gobierno Nacional respecto al endurecimiento del confinamiento en el AMBA (Área Metropolitana de Buenos Aires) hasta el 17 de julio, las disposiciones de la administración de Axel Kicillof no sufrirán ninguna modificación, por lo que continuarán vigentes.

Según el escrito de 14 páginas, la acción de habeas corpus colectivo se interpone “en protección de los derechos de todas las personas de Mar del Plata de ejercer toda industria licita”, además de “llevar a cabo una actividad deportiva y/o recreativa y de deambular libremente con los cuidados sanitarios necesarios”. A su vez, aboga para que “se establezcan las condiciones sanitarias a cumplir por la ciudadanía, para esparcimiento y recreación, respetando las garantías constitucionales”.

De acuerdo al citado decreto provincial, el movimiento entre el aislamiento y el distanciamiento se dará “en función de la evolución de la epidemia en los distintos municipios, tomando en cuenta parámetros definidos, como tiempo de duplicación de casos, presencia de transmisión comunitaria y situación del sistema sanitario”, aclarando que “el momento en que se debe avanzar o retroceder, no depende de plazos medidos en tiempo, sino de la situación epidemiológica que se verifique en función de parámetros objetivos”. 

A la vez, se estableció que sería el jefe de Gabinete, Carlos Bianco, con la asistencia del Ministerio de Salud bonaerense, a cargo de Daniel Gollán, quien “determinará regularmente la fase en la que cada municipio se encuentra”, por lo que “ante  un foco de contagio o la multiplicación rápida de casos positivos de COVID-19, podrá disponer, de manera inmediata, la modificación de la fase en la que se encontrare el municipio”. Para muchos, se trata de un criterio bastante discrecional.

Por su parte, la Resolución 260 oficializó que “las actividades y servicios habilitados en el marco de las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio y de distanciamiento social preventivo y obligatorio en el ámbito de la provincia de Buenos Aires estarán sujetas a un sistema de fases, en el cual los municipios se encontrarán incluidos en virtud de la situación epidemiológica y sanitaria que presenten”.

En la fase 5 están incluidos “los municipios que no presentaren casos confirmados autóctonos de covid-19 en un período de 21 días inmediatos anteriores a la fecha de evaluación que realice el Ministerio de Salud y no pertenecieran al Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), mientras que en la fase 4 quedan incorporados los distritos “que presentaren casos confirmados autóctonos de covid-19” en el mencionado plazo de 21 días.

En tanto, en la número 3 se ubican los 40 municipios que integran el AMBA, y en las 1 y 2 “los municipios que disponga la Jefatura de Gabinete frente a la existencia de un foco de contagio o la multiplicación rápida de casos positivos de covid-19, de acuerdo con los criterios establecidos por el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, con el fin de proteger la salud pública”.

En las más de 45 páginas que tiene la Resolución, donde abundan protocolos, recomendaciones y anexos, no hay ningún párrafo dedicado a la explicación científica de la disposición de los 21 días, por lo cual no se comprenden cabalmente las fundamentaciones del mismo. Además, tampoco responde a una lógica demográfica: no es lo mismo una localidad de 10.000 habitantes que una de 800.000.

El caprichoso sistema de fases de la administración Kicillof genera una alocada carrera por parte de los Intendentes de llegar a los 21 días, desatendiendo, tal vez, ciertos aspectos sanitarios y llevando la discusión a terrenos casi surrealistas, como debatir si el eventual contagio ocasionado por un positivo de coronavirus importado se debe considerar o no caso autóctono. Resulta tan arbitrario el sistema de fases, que aún llegando a los 21 días, se puede retroceder en cuestión de horas: ¿qué pasaría si en el día 22, aparecen casos positivos de covid-19? Según la normativa, se debería volver a la fase 4. Tan absurdo como inviable. 

La ciudad de Mar del Plata se encuentra actualmente en la fase 4. El último caso autóctono había ocurrido el 12 de junio, pero en las últimas horas se confirmó otro, lo que, de acuerdo a lo resuelto por el gobierno bonaerense, llevó la cuenta de días a 0.

A su vez, mediante la Resolución 358/2020, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires el pasado 22 de junio, quedó definido que, aún en la última fase, seguirán prohibidas actividades fundamentales para el desarrollo económico de Mar del Plata: la principal, indudablemente, es el turismo. Además, tampoco estarán permitidas las aperturas de cines, teatros, shoppings y gimnasios y afines, como natatorios, clubes y museos. Esta novedad surge cuando el Municipio conducido por Guillermo Montenegro intenta lograr que la provincia exceptúe la actividad gastronómica, que permanece cerrada desde hace 100 días.

De acuerdo a un relevamiento efectuado por la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA), el 65% de los hoteleros y el 75% de los gastronómicos estima la quiebra de su empresa si persiste la actual situación hasta agosto. En dichos rubros, se registra una caída en su facturación del 80% interanual. En el caso de la hotelería, la situación es mucho peor ya que los establecimientos se encuentran absolutamente cerrados, y no se vislumbra al menos hasta septiembre una apertura de la actividad. Cabe consignar que el sector es el cuarto generador de empleo en la economía argentina.

Solamente en General Pueyrredón, se calcula que hay unos 500 hoteles y 1.800 establecimientos gastronómicos, que cobijan directa o indirectamente a 50.000 familias de la ciudad. Aún siendo la quinta aglomeración urbana más grande del país, Mar del Plata, aunque posea otras industrias y un potencial desaprovechado para convertirse en una urbe fuertemente industrial, es una localidad eminentemente turística. A la cuarentena dispuesta por el Gobierno Nacional el 19 de marzo, se debe sumar la decisión del gobierno municipal de “blindar” los ingresos a través de los retenes coordinados por el funcionario provincial y dirigente kirchnerista Rodolfo Manino Iriart. Mar del Plata se halla, literalmente, cerrada a toda visita externa.

Julio Razona

“El comercio de Mar del Plata, su industria, sus trabajadores, van camino a un desastre social terminal”, asegura Julio Razona. De acuerdo a estimaciones sindicales, la desocupación en la ciudad, que hoy orilla el 12%, podría alcanzar en los próximos meses entre el 15 y el 20%.

En su presentación, el abogado denuncia que el decreto nacional 520/20 viola normas fundamentales de la Constitución Nacional, en especial el art. 43, así como también de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Afirma el letrado que “la situación denunciada resulta de una gravedad inobjetable”, y conmina a la justicia a resolver “la problemática que comprende a la totalidad de las personas que se encuentran privadas de los más elementales derechos constitucionales y que afectan notoriamente la supervivencia de la gran mayoría de ellas”. Con las nuevas disposiciones dispuestas por el Presidente Alberto Fernández y el Gobernador Axel Kicillof de endurecer aún más la cuarentena en el AMBA, la denuncia adquiere mayor relevancia.

El art. 43 de la Carta Magna establece que “cuando el derecho lesionado, restringido, alterado o amenazado fuera la libertad física, la acción de habeas corpus podrá ser interpuesta por el afectado o por cualquiera a su favor”. Algo similar dice el art. 20 de la Constitución bonaerense. “La falta de identificación de todos los ciudadanos marplatenses afectados no puede considerarse motivo atendible para transformar la demanda en cuestión abstracta, por cuanto se trata de una situación pública y notoria”, afirma el escrito.

También el Dr. Razona cita a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el 3 de mayo de 2005, en el caso “Verbitsky, Horacio s/habeas corpus”, sostuvo en su fallo que “pese a que la CN no menciona en forma expresa el habeas corpus como instrumento deducible también en forma colectiva, es lógico suponer que si se reconoce tutela colectiva de los derechos citados, con igual o mayor razón la Constitución otorga las mismas herramientas a un bien jurídico de valor prioritario”. Uno de los firmantes del fallo fue el propio Eugenio Zaffaroni, uno de los máximos defensores públicos del kirchnerismo.

El caso es llamativo: El 15 de noviembre de 2001, el periodista Horacio Verbitsky, en su carácter de representante legal del C.E.L.S., interpuso ante el Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires una acción de habeas corpus correctivo y colectivo en amparo de todas las personas privadas de su libertad en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires detenidas en establecimientos penales y comisarías sobre pobladas, a pesar de que legal y constitucionalmente su alojamiento debería desarrollarse en centros de detención especializados.

En dicho fallo, el Máximo Tribunal del país estableció que el Poder Judicial tiene competencia para ejercer un control de constitucionalidad sobre las políticas implementadas por los poderes políticos en la medida que afecten el ejercicio de derechos: “Cuando una política es lesiva de derechos, le corresponde al Poder Judicial garantizar la eficacia de esos derechos y evitar su vulneración”.

Si bien la presentación de Julio Razona está referida puntualmente a la ciudad de Mar del Plata, es perfectamente aplicable al resto del país, pero en especial al AMBA. “La acción intentada implica defender los derechos de todos los ciudadanos”, señala el abogado. Y añade que “una de las hipótesis que plantea la necesidad de tutela judicial colectiva la constituyen los casos de afectaciones colectivas de derechos individuales que requieren un remedio colectivo”.  

Al respecto, cabe citar también a la Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, en ocasión de un caso en Pehuajó: “Los problemas suscitados a partir de los daños masivos se relacionan con la necesidad de facilitar el acceso a la justicia de una gran cantidad de afectados que reclaman por ellos”.

En lo que se refiere puntualmente a Mar del Plata, el Dr. Razona, cuando pondera la buena situación sanitaria de la ciudad, alega que la Provincia, al negar los permisos para la apertura de la gastronomía, amparándose en el sistema de fases y la obligatoriedad de los 21 días sin contagios de coronavirus, “mezcla la política partidaria y electoral con la política sanitaria”. Y agrega que “además de injustas, estas medidas son nulas de nulidad absoluta por su flagrante inconstitucionalidad”.      

El Intendente de General Pueyrredón, Guillermo Montenegro, le solicitó a la Provincia para el pago de salarios del mes de abril un monto de $130 millones. La recaudación del Municipio cayó un 45% en abril respecto al mismo mes de 2019, y un 50% en mayo. El 18 de junio último, se oficializó una nueva asistencia por $100 millones más.  Se estima a su vez que, el Presupuesto 2020 originalmente previsto en $18 mil millones, caería a $12 mil millones, por lo que es altamente probable que la Comuna deba recurrir a la ayuda económica de la provincia durante todo el año.

Mediante el Decreto 264/2020, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires el 23 de abril de 2020, el Gobierno de Axel Kicillof creó el “Fondo de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal”. Consiste, básicamente, en préstamos otorgados por la Provincia a aquellos Municipios bonaerenses que se vean afectados por la caída de la recaudación producto de la cuarentena. Además de dicho Fondo, también la Provincia tiene su propio régimen de coparticipación. Se trata del Coeficiente Único de Distribución (CUD), creado el 2 de junio de 1995 mediante el Decreto 1069/95, que ordenó, a su vez, la Ley 10.559 promulgada el 22 de octubre de 1987, que establecía el reparto a los 135 Municipios.

La disposición que constituye aquel Fondo, en su artículo 4 dispone que “las ayudas financieras a las que se refieren los artículos precedentes serán reembolsables”, estableciendo que el plazo de devolución será “dentro del ejercicio fiscal 2020”, garantizándose el cobro de los mismos: “Para asegurar el cumplimiento de las obligaciones de reembolso, el municipio solicitante autorizará expresamente al Ministerio de Hacienda y Finanzas a retener de los recursos que le correspondan por el Régimen de Coparticipación”.

Al mismo tiempo, se originó una pequeña polémica respecto a la posibilidad de que la administración de Kicillof decida trasladar personas infectadas de coronavirus a distintas ciudades del interior bonaerense, en especial Bahía Blanca y Mar del Plata, en caso que colapse el sistema de salud en el AMBA. Montenegro negó públicamente esa posibilidad. La Secretaria de Salud del Municipio, la Licenciada Viviana Benabei, manifestó en recientes declaraciones que “no vamos a recibir pacientes”.

Si bien la ciudad posee una foto inmejorable respecto al coronavirus, con apenas 5 casos activos y 47 en total desde el inicio de la pandemia, la falta de determinación del nexo epidemiológico de más de la mitad de aquellos casos, hace suponer que, aunque de baja intensidad, hay en la ciudad circulación comunitaria. Además, la poca cantidad de testeos que realiza el Municipio, en línea con lo que ocurre con el resto del país, y el bajo promedio de camas por habitante (2 cada mil) torna a la situación aún más confusa.

Al respecto, la Licenciada Bernabei, afirmó que “no es necesario salir a testear a ciegas”, y que “el virus está presente pero no se registra transmisión comunitaria”. A su vez, calificó de “arbitrario” el umbral de los 21 días para pasar de fase.

Pese a lo dicho por la funcionaria, se informó que la próxima semana, promotores barriales recorrerán diversos barrios de la ciudad para detectar casos sospechosos de coronavirus, a través del sistema de timbreos, en el marco del Plan CuiDARnos. Pero en verdad el relevamiento comenzó hace algunas semanas. Los promotores, se dijo, recorrerán los barrios con una encuesta que fue elaborada de forma conjunta por los Comités Barriales de Emergencia (CBE), la Secretaría de Salud Municipal, La Región Sanitaria VIII, los hospitales provinciales, la Escuela Superior de Medicina y la Facultad de Ciencias de la Salud y Trabajo Social.

Sin embargo, se recibieron diversas denuncias acerca de posibles irregularidades en las encuestas, cuyas preguntas estarían focalizadas más a la conformación del grupo familiar del encuestado que a cuestiones sanitarias. Ante las dudas que generaba el contenido de las encuestas, se habría constatado que las mismas serían utilizadas para la confección de listas con el fin de ofrecerles concurrir a distintas marchas a cambio de planes sociales. Se cree que muchos voluntarios habrían salido de las filas de “La Cámpora”.

El referente de los CBE es Matías Maciel, del Partido de los Trabajadores y el Pueblo, quien el 4 de mayo de 2020 manifestó públicamente que “en política se percibe un acuerdo generalizado con las medidas impulsadas por el gobierno”, a la vez que “se discute la necesidad de avanzar sobre las grandes riquezas y se plantean temas de fondo sobre el sistema capitalista. También comienzan a aparecer opiniones sobre la necesidad de sostener la unidad popular construida luego de la pandemia”. Al finalizar su alocución, aceptó que “contribuyó a la unidad la reunión del Frente de Todos. Por supuesto, hay expresiones políticas que desprecian la unidad lograda en los CBE y la atacan. Pero al igual que en la lucha contra la política macrista, son cada vez más minoritarias y marginales”.

Por último, cabe recordar unas declaraciones de Axel Kicillof el 25 de septiembre de 2015, cuando revestía como Ministro de Economía de la actual Vicepresidenta Cristina Kirchner. Aquella vez, el hoy gobernador sostuvo que desde mayo de 2003, cuando asumió el kirchnerismo, “comenzó a haber un cambio tremendo en las políticas económicas en el país y la región, que tuvo como ejes, entre otros, la reindustrialización, el crecimiento con inclusión social, la participación activa del Estado, y la cuestión energética”. Y remató: “La tarea es construir un nuevo pensamiento económico latinoamericano al servicios de los pueblos”.

Cinco años después, más precisamente el 19 de mayo de este año, Kicillof dijo: “La normalidad no existe más, es una fantasía”. A la luz del brutal impacto económico que tendrá la cuarentena en la Argentina, tanto aquellas palabras como éstas quizá adquieran un mayor significado.

pabloportaluppi01@gmail.com

@portaluppipablo

 

 

 

 

 

 

 

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