En una controvertida decisión, el Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca decidió absolver al fiscal federal de aquella ciudad Alejandro Cantaro (foto portada), acusado de “proteger” a una banda narco integrada por su sobrino, “por violación al principio de congruencia procesal y el derecho de defensa en juicio”.
En un fallo de 8 páginas, el pasado 14 de junio los jueces Ernesto Sebastián, Alejandro Silva y Simón Bracco aceptaron el planteo de la defensa y declararon la nulidad de la acusación del fiscal Gabriel González Da Silva, quien había pedido una pena de 7 años de prisión por considerar a su colega partícipe necesario del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de comercialización, agravado por su condición de funcionario público.
El 7 de febrero de 2020, poco antes de la irrupción del coronavirus y la cuarentena, la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca confirmó el procesamiento de Cantaro, en uso de licencia desde junio de 2018, por considerarlo “autor penalmente responsable del delito de encubrimiento en sus modalidades de favorecimiento personal por ayuda y por omisión de denuncia, agravado por ser el delito especialmente grave-tráfico de estupefacientes-“
En otras palabras, se lo acusa de proteger una banda dedicada al narcotráfico. Uno de los integrantes de los narcos es su propio sobrino, Sebastián Gauna San Millán, quien se hallaba en ese momento prófugo de la justicia. En octubre de 2019, Cantaro había sido procesado en primera instancia por el Juez Walter López Da Silva.
Los defensores, Juan Pablo Alonso y Andrés Bouzat, habían advertido en su alegato sobre ese cambio en la imputación, de partícipe nacesario a encubridor, durante las distintas etapas del proceso y habían reclamado la absolución de su asistido.
En otras palabras, fue una cuestión técnica la que salvó al fiscal de una condena. Seguramente la parte acusadora apele la decisión, que no fundamentó las razones del cambio de su acusación.
Un importante funcionario judicial bahiense consultado por este medio afirma que “la calificación esta dicho hasta el hartazgo que no altera el principio de congruencia, lo que lo altera es el cambio de la base fáctica, o sea, el hecho imputado”. Y agrega que “el tema de la falta de congruencia es una defensa típica y trillada en muchísimos juicios y se rechaza todo el tiempo”.
Pero más allá de la discusión técnica sobre la llamativa decisión del Tribunal, vale la pena recordar la causa en la que estaba imputado Alejandro Cantaro, uno de los funcionarios más importantes del distrito.
Su designación como fiscal general de Bahía Blanca en noviembre de 2012 generó resistencias hasta dentro del propio kirchnerismo. Sin embargo, la ex Presidente y actual vicepresidente Cristina Kirchner elevó su pliego al Senado y el mismo fue aprobado. Para tan veloz aprobación, fue decisivo el apoyo que tuvo por parte del ex intendente bahiense Jaime Linares. Había ganado el concurso por apenas 2,25 puntos, y según reconocen hasta enemigos suyos en la ciudad, se impuso en buena ley.
Con el paso del tiempo, Alejandro Cantaro se convirtió en uno de los fiscales preferidos de la ex Procuradora Alejandra Gils Carbó.
Durante el año 2017, la Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control del Ministerio Público, a cargo por entonces de Graciela Caamaño, había citado a diversos funcionarios a dar su testimonio para analizar el accionar de Gils Carbó. Uno de los citados fue Alejandro Cantaro, quien defendió fervientemente a su jefa.
La causa “narco”
El expediente 13552/2018 se inició el 7 de mayo de 2018 como un desprendimiento de la causa 9736/2016 que investigaba el accionar de una presunta banda narco.
En el marco de dichas actuaciones, surgieron escuchas telefónicas legales, realizadas por la Delegación de Inteligencia Criminal de la Prefectura Naval Argentina, que relacionaban al fiscal más importante de Bahía con algunos miembros de la organización delictiva, más precisamente con su mencionado sobrino y con Facundo Texido.
También se comprobó una posible filtración de información relacionada con la investigación hacia los imputados, que salía desde la propia fiscalía que debía investigar. El 5 de febrero de 2020, la justicia condenó a 7 de los integrantes del grupo a penas de prisión de entre 4 y 5 años. En la ciudad, se la conoció como “La banda del éxtasis”.
“Se le imputa a Alejandro Cantaro haber prestado colaboración con los imputados para que eludan las investigaciones, omitiendo en su carácter de fiscal general, la realización de la correspondiente denuncia y/o haber aportado datos de interés correspondientes a la perpetración de los delitos investigados”, afirmaba en su resolución el Juez Walter López Da Silva.
Y agregó para que no queden dudas: “Cantaro ayudó a Gauna San Millán y Texido a eludir la investigación”. Durante la misma, se estableció que uno de los automóviles en los que se desplazaban ambos, pertenecía al fiscal.
También se descubrió que Cantaro, a cargo desde 2016 del seguimiento a la presunta banda narco, ordenó la intervención telefónica de Facundo Texido, pero no así de su sobrino.
En una de las escuchas dispuestas por el Juez, quien decidió reasumir la instrucción del sumario al no mostrar avances, se captó una conversación entre Gauna San Millán y su madre, tras un allanamiento practicado en su vivienda.
En dicha oportunidad, el nombrado le pregunta qué se buscó durante el procedimiento y la interlocutora aclara que lo buscado era material estupafeciente. A lo que el entonces prófugo dice que “no entiendo por qué me siguen si no hago nada”, y su madre responde: “A Alejandro lo habían llamado, no lo habían llamado para decirle?”. Gauna San Millán responde que “sí, bueno”.
Todo hace suponer que se refieren a Alejandro Cantaro.
En paralelo, en ocasión de otro allanamiento a la vivienda de Facundo Texido, tanto un testigo presencial como una Oficial Ayudante de la Prefectura, declararon que Texido, refiriéndose a San Millán, afirmó que “su tío era fiscal general y que le había avisado que estaba investigado”.
Por otra parte, del análisis de las comunicaciones interceptadas, se desprende un trato familiar y de íntima confianza entre Cantaro y su sobrino y con Texido, traducido en frecuentes comunicaciones y negocios en común. Según surge de la causa, el fiscal le había instalado un negocio de distribución de cerveza artesanal a su sobrino, quien aparentemente era el encargado y Texido, su empleado.
Inclusive, se desliza la posibilidad que la presunta connivencia entre ellos “excedía la situación de la mera compra de estupafecientes para consumo, de la que Cantaro parece no mantenerse ajeno”. En relación a este álgido punto, de una de las conversaciones captadas surge que “Texido retira una cajita con dinero del buzón del domicilio de Cantaro y le deja una bolsa de nylon negra”.
Dicha acción, sostiene la resolución judicial, “autoriza a presumir que se trataba de sustancia estupefaciente” lo que habría dentro de la bolsa. Y afirma tajante: “No sólo es dable presumir que existían razones para que Cantaro les avisara de la existencia de una investigación con el ánimo de protegerlos de las eventuales consecuencias de una causa penal, sino también que conocía la actividad ilícita que ambos desplegaban”.
En noviembre de 2020, Gauna San Millán fue detenido en Córdoba, donde se había alojado con otra identidad. Según fuentes de la investigación, vivía en una pensión del centro de la ciudad y aparentemente continuaba ligado al negocio de las drogas. Además, hallaron un cuaderno con datos para identificar los vehículos encubiertos que usa la Policía Federal. En el operativo, los policías secuestraron hongos alucinógenos, LSD, cogollos de marihuana, frascos y balanzas de precisión
En sus últimas palabras antes del veredicto que lo absolvió, el representante del MPF sostuvo que su sobrino canjeó su arresto para involucrarlo. “Nunca me imaginé que Sebastián (Gauna San Millán) pudiese vender droga”, dijo.
Pese a la absolución que lo benefició, en el mismo fallo se ordenó formar una nueva causa, al cambiar la acusación inicial: Cantaro será investigado por su participación en otra causa, llamada “Narcochetos 2”. Incluso, en el mismo expediente se evaluará el accionar de efectivos de la Prefectura Naval y otros integrantes de la Fiscalía Federal Nº 1.
Sin embargo, en el mundillo judicial bahiense no hay mucho optimismo al respecto: “Ya tiraron a la basura lo más importante, en la futura causa no pasa nada”.
Cabe recordar que en los últimos años la jurisdicción fue noticia por otros sobreseimientos, como los de Lázaro Báez y el juez Alejo Ramos Padilla, temas de los que este medio se ocupó en diversos artículos.
Por último, cabe señalar que la lectura de los fundamentos del fallo del TOF se dará el lunes 3 de julio a las 13.
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El título dice que soy Licenciado en Periodismo, pero eso poco importa. Lo más importante es que solo dependo de mi.