El Fiscal Pettigiani dictaminó que debe anularse la declaración de D´Alessio que dio origen a la causa por presunto espionaje ilegal

Por Pablo Portaluppi

Con duros cuestionamientos a la actuación del ex juez de Dolores, Alejo Ramos Padilla (foto portada), el Fiscal Federal de Mar del Plata Juan Manuel Pettigiani, emitió un dictamen que puede resultar clave para revelar la presunta trama que se esconde detrás del posible armado de la causa por presunto espionaje ilegal que tramita en la ciudad bonaerense, y que involucra al Fiscal de Comodoro Py Carlos Stornelli. Ahora nuevamente es el turno de la Cámara Federal de Mar del Plata, que deberá resolver sobre el asunto.

Entiendo que debe anularse la declaración del imputado (Marcelo D´Alessio) obtenida mediante el dictado de la resolución puesta en crisis”, afirma el representante del Ministerio Público. ¿A qué se refiere el Dr. Pettigiani?. A la extracción compulsiva por parte del magistrado a través de una declaración para obtener las claves telefónicas de los celulares del imputado, violatoria de la prohibición de declarar contra sí mismo, garantía consagrada en la Constitución Nacional en su art. 18. La petición de nulidad había sido solicitada por el defensor del encartado, Claudio Fogar. La decisión es fundamental ya que a partir de allí la causa tomó un inusitado vigor, luego de conocerse los chats del operador.

El 28 de enero de 2019 el falso abogado Marcelo D´Alessio, fue denunciado por extorsión por el presunto empresario agropecuario Pedro Etchebest, quien afirmó que D´Alessio lo extorsionó en nombre de Carlos Stornelli, que llevaba adelante en ese entonces la investigación de los “cuadernos” de la corrupción durante la era k. La denuncia fue radicada en el Juzgado Federal de Dolores a cargo de Alejo Ramos Padilla. De inmediato, el juez decidió procesar al falso letrado y a fines de 2019 al Fiscal y también al periodista de “Clarín”Daniel Santoro, entre otros. El 15 de febrero de aquel año se detuvo al falso letrado, luego de que el 11 del mismo mes se resolviera un nuevo allanamiento a su domicilio en el country Saint Thomas (ya se había realizado uno el 6 de febrero), ordenando se proceda a la extracción de información digital de todos los dispositivos electrónicos y teléfonos celulares.

La pericia se llevó a cabo el 21 de febrero de 2019, pocos días después de haber tomado estado público la denuncia, y en su momento se hizo pública una disputa entre los abogados del acusado y el juez Ramos Padilla. El magistrado estaba dispuesto a acceder a la información de los teléfonos de cualquier forma por lo que dispuso en una resolución que lo llevarían a tomar “voluntaria o compulsivamente” una imagen del rostro o, según exigió, que brindara las claves o su huella digital. Se trataba detres celulares que usaba D´Alessio, los más importantes eran dos:un Iphone 8 y un Iphone 10. Este tipo de aparatos solo pueden abrirse por reconocimiento de rostro, huella digital o clave secreta, pero, además tienen la capacidad de destruir la información que contienen. De acuerdo al Dr. Fogar, aquí “comienza la ilegal actividad del Juez Instructor”.

Califica de esa manera “a la actividad llevada adelante por el magistrado quien, sin la presencia del defensor, resuelve con argumentaciones mendaces solicitar la colaboración de su cliente para que otorgue las claves o proceder a obtenerlas compulsivamente, amenaza de utilización de la fuerza sobre el cuerpo de su asistido”. Así mismo, afirma que la actitud de Ramos Padilla es “de una gravedad extrema pues habilita el uso ilegal de la fuerza para lograr que el imputado se auto incrimine”.

Marcelo D´Alessio

El dictamen del Dr. Pettigiani, quien fuera designado para actuar en esta causa ante la excusación del Fiscal natural, Daniel Adler, subraya justamente el hecho que D´Alessio actuó en contra de su voluntad al entregar las claves telefónicas, siendo obligado a “declarar contra sí mismo, y sin la asistencia de su defensor”. En la indagatoria llevada a cabo el 17 de febrero, el imputado declara que “si el señor Fiscal no se opone a que yo esté en mi casa, estoy dispuesto a dar todo, pero por favor devuélvame a mi casa. Estoy pidiendo seguridad. Quiero aportar datos sino van a tardar cuatro meses en sacar la información”. Ya se había fijado la fecha del 21 de febrero para la realización de la pericia, designándose perito de parte a Rubén Martín, y D´Alessio ya se encontraba detenido en Ezeiza.

En su escrito, el Fiscal Pettigiani detalla un hecho muy delicado. Confirmada ya la fecha para la pericia, el 19 de febrero Ramos Padilla emite una resolución sobre el alcance del secreto de las actuaciones, siendo notificada la defensa el miércoles 20 de febrero. Como el Código Procesal establece que las resoluciones judiciales deben ser notificadas sólo martes y viernes, la misma llegó el viernes 22 de febrero, es decir, un día después de realizada la pericia, generando “una grave situación de indefensión, cuando ese mismo día el juez resuelve disponer el traslado del detenido a los fines de la realización de la pericia”. O sea, se notificó un hecho que ya había ocurrido. En otras palabras, durante la pericia llevada a cabo en el edificio Guarda Costas de la Prefectura, no estuvo presente la defensa, nada menos.

Pero aquí aparece otro dato llamativo. Un día antes de la resolución judicial, es decir el 19 de febrero, “se incorpora una testimonial brindada por el señor Rubén Darío Galeano, quien resulta ser el encargado de llevar adelante la pericio sobre los celulares, quien informa que no pudieron acceder al IPhone 8 Plus”. Lo que significa que el traslado de D´Alessio al acto pericial “ya contaba con el dato de que se no había podido acceder a la información”. La pregunta es obvia: ¿Para qué lo trasladaron?.

Lo que Pettigiani cuestiona es la forma en que se garantizaron los derechos del imputado durante la diligencia del 21 de febrero. La misma se dividió en dos partes. La primera dio comienzo a las 12:20 hs y culminó a las 14, estando presentes 19 personas totalmente ajenas a D´Alessio, entre funcionarios judiciales, policiales y testigos, pero ni siquiera estaba su abogado defensor. En paralelo, se adjunta una resolución de Ramos Padilla donde afirma que “la comparecencia del imputado al acto de pericia se presenta como el único modo seguro y menos lesivo”, disponiendo en la misma el traslado de D´Alessio para brindar las claves necesarias. Pero no se notifica a su abogado defensor, Claudio Fogar. Además, como el Juez ya sabía de la imposibilidad de acceder a la información buscada, lo sucedido parece más una puesta en escena que un acto procesal.

La segunda parte de la pericia comienza, de acuerdo a las actas, a las 15 30 y finaliza una hora después. Sin embargo, “conforme el acta de fojas 2296”, alega Pettigiani, “entre las 14 y las 17 hs el imputado Marcelo D´Alessio procedió a entregar de manera “voluntaria”, las contraseñas de los teléfonos a peritar, y manifestó a viva voz, y en presencia de los testigos hábiles, los códigos numéricos de sus claves”. Cabe destacar lo manifestado por el propio Juez Ramos Padilla: “Se notifica y manifiesta que va a aportar voluntariamente lo necesario para el ingreso de los teléfonos secuestrados”. En dicha constancia, hay tres firmas. Una es la del propio D´Alessio. Las otras dos son ilegibles.

Lo que sigue en el dictamen del Dr.Pettigiani es por demás contundente. El mismo Alejo Ramos Padilla le hizo saber al imputado, a fojas 472/475, que “en el caso de los procedimientos tecnológicos, se le preguntará previamente al imputado, en presencia de sus letrados defensores si tienen alguna clave de acceso…Se le hace saber que es su derecho no informar el modo de acceso a estos dispositivos”. Pero hizo todo lo contrario: trasladó a D´Alessio “en condiciones de suma vulnerabilidad” a Prefectura, y sin la presencia de su abogado defensor.

Estas presuntas irregularidades le hacen suponer al Fiscal Pettigiani que el planteo de nulidad que efectuó Claudio Fogar “parece darle la razón”. Y agrega que necesitaban “contar con un imputado carente de oposición para la vulneración de su voluntad”. El foco lo pone en las tardías notificaciones, que una vez producido el traslado y obtenidas las claves, las mismas “volvieron a funcionar normalmente”.

Fiscal Juan Manuel Pettigiani

En los autos de procesamiento de D´Alessio, el 25 de febrero de 2019, es decir 4 días después de la pericia, el magistrado ya anticipaba lo que iba a venir, tal cual lo planteábamos desde este medio por aquella época: Ramos Padilla sostenía que su investigación se centraba en “la actividad de una organización criminal paraestatal con permanencia en el tiempo, llevando adelante múltiples planes delictivos de diversa índole, vinculados al espionaje ilegal en los ámbitos judicial, político, empresarial y periodístico”. Aquí radica la importancia de la pericia del 21 de febrero, ya que la información sustraída fue utilizada para diseñar una de las causas por presunto espionaje ilegal.

El 18 de diciembre de 2019, el magistrado resolvió dictar el procesamiento de Carlos Stornelli por encontrarlo “prima facie penalmente responsable del delito de asociación ilícita en carácter de miembro en concurso ideal con el delito previsto en el art. 43 primer párrafo de la ley 25.520, en función del art. 11 de la misma ley, (modificada por la ley 27.126) en carácter de autor, en cuyo marco se desarrollaron los casos identificados como “GNL”, “Brusa Dovat-PDVSA”, “Terrorismo-Irán”, “Pedro Etchebest”, “Ubeira”, “Castañón” y “Munín-Talevi”.

Finalmente, el pasado 11 de diciembre, luego de diversas etapas procesales, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata resolvió revocar la mayoría de las acusaciones de Ramos Padilla contra el Fiscal por asociación ilícita, dejando firmes sólo dos de los cargos: la de la cámara oculta al abogado José Manuel Ubeira y la de buscar información sobre la pareja de su exesposa, Jorge Castañón Distéfano, según el fallo de los camaristas Alejandro Tazza, Eduardo Jimenez y Rafael Julián. Además, la Cámara decidió revocar también el procesamiento de Daniel Santoro.

Nuevamente el Tribunal marplatense estará en el centro de todas las miradas.

pabloportaluppi01@gmail.com

@portaluppipablo

 

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