Pablo Portaluppi
Finalmente el Gobierno decidió, luego de recibir fuertes críticas, brindarle a las Pymes una pequeña ayuda en momentos en que el aislamiento dispuesto por la pandemia de Coronavirus empieza a hacer estragos en una economía que ya de por sí venía muy frágil. Si se confirma tal cual trascendió en un borrador al que accedió este medio, el beneficio se presenta bastante pobre, ya que continuarían faltando medidas más profundas para enfrentar la fuerte crisis económica. Por lo pronto, el Gobierno ya decretó la prohibición de efectuar despidos por 60 días.
En el Decreto que se publicaría en las próximas horas, llamado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producción”, la administración del Presidente Alberto Fernández ofrecerá a las pequeñas empresas, en sus lineamientos principales, la postergación o reducción del 95% del pago de las contribuciones patronales, y una compensación abonada por el Estado para todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado para empresas de hasta 100 empleados.
En el discurso del pasado domingo 29 cuando comunicó la extensión de la cuarentena hasta el 13 de abril, el primer mandatario tildó de “miserables” a los empresarios que habían decidido despedir personal. En verdad, el apuntado por Fernández fue Paolo Rocca, cuya firma, Techint, decidiera el despido de casi 1500 personas. Sin embargo, las críticas al Gobierno arreciaron, ya que el parate de la economía es muy fuerte y alcanza a miles de comerciantes y pequeños empresarios de todo el país que claman por ayuda.
En el Decreto, se reconoce que “a raíz de la situación de emergencia se deben coordinar esfuerzos para mantener los procesos productivos”, y que la decisión de la cuarentena dispuesta el 19 de marzo pasado “produce un impacto económico negativo sobre los sectores afectados”, por lo que “es necesario adoptar medidas que reduzcan dicho impacto eliminando rigideces del sistema tributario”.
Por otro lado, también se aplicaría el Programa de Recuperación Productiva, creado el 10 de Julio de 2002. La inminente decisión estipula que los sujetos alcanzados por la norma podrán acogerse a los beneficios siempre y cuando “sus actividades económicas fueron afectadas en forma crítica” por el aislamiento, o cuando algunos de los trabajadores se haya contagiado el virus, o cuando “se acredite una sustancial reducción en sus ventas con posterioridad al 20 de marzo de 2020”. Como contrapartida a la obtención de los beneficios, como ya se decidió, aquellos que decidan adherirse “deberán abstenerse de disponer despidos sin causa”. O reincorporar a aquellos trabajadores despidos luego del 29 de febrero con las mismas condiciones de trabajo. En verdad, la prohibición de efectuar cesantías rige para todas las empresas.
Quedan excluidos de los beneficios aquellas actividades que fueron incluidas en las excepciones en el artículo 6 del Decreto que fijó el “Aislamiento social, preventivo y obligatorio”, es decir, las actividades o servicios que fueron declaradas esenciales, como alimentos, productos farmaceúticos, expendio de combustibles, entre otros.
Así mismo, la asignación compensatoria, que estará a cargo de la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social), consistiría en una suma no remunerativa a empleadores de hasta 100 trabajadores, cuyo monto se determinaría de la siguiente manera: para las empresas de hasta 25 empleados, se abonará el 100% del salario, cuyo máximo no supere el Mínimo, Vital y Móvil; de 26 a 60 trabajadores, el 75%; y de 61 a 100 personas, el 50%. El salario mínimo hoy en la Argentina es de $16875.
En otra disposición, activa el REPRO Asistencia por la Emergencia Sanitaria ofreciendo una prestación a cada trabajador perteneciente a las empresas que califiquen de entre $6000 y $10000. Y en los mismos montos eleva durante el período los seguros de desempleo. La vigencia sería hasta el 30 de abril, con la posibilidad de prorrogarlo.
En todos los casos, será la Jefatura de Gabinete de Ministros, a cargo de Santiago Cafiero, la que decida los criterios, las inclusiones y las exclusiones de dicho Programa. Y faculta al Ministerio de Trabajo, la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) y la ANSES a instrumentar las normas operativas para poner en funcionamiento las medidas.
Según estimaciones de la Industria, hay en el país casi 700.000 pymes, aportando el 70% del empleo y el 50% de las ventas. La mayoría de los políticos en campaña siempre se refieren a ellas como lo que son, el motor de la economía argentina, pero a la hora de tomar medidas para protegerlas, las terminan confundiendo con las grandes empresas, cuyas realidades son muy distintas.
¿Cuál será el criterio adoptado por el Jefe de Gabinete a la hora de decidir la inclusión o no de una determinada empresa o comercio?, ¿Cuánto será la reducción sustancial de las ventas para poder ingresar al beneficio?, ¿Qué pasa con aquellas empresas que, aun habiendo sido exceptuadas, vieron reducidas fuertemente sus ventas ya que su el grueso de su clientela debió cerrar sus puertas por la cuarentena?, ¿Qué pasa con otros impuestos, como el IVA y los adelantos de Ganancias?, ¿Y con los monotributistas?
A pesar de la importante ayuda que brinda el Gobierno a través de este Decreto, surgen demasiados interrogantes de cara a un inminente futuro económico que se presenta muy oscuro.
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@portaluppipablo
El título dice que soy Licenciado en Periodismo, pero eso poco importa. Lo más importante es que solo dependo de mi.