Presentación judicial por las playas púbicas: Los protocolos agudizan un viejo conflicto

Por Pablo Portaluppi

El pasado domingo 15 de noviembre, un grupo de manifestantes se movilizó por la costa de la ciudad de Mar del Plata para reclamar por más playas públicas y rechazar la privatización de dichos lugares. Lo que cuestionaban, básicamente, era “el avance de los balnearios privados, con piletas y construcciones de cemento sobre cada vez más espacios”.

El objetivo de la convocatoria era exigir a las autoridades municipales medidas para controlar a los concesionarios de las playas y garantizar el uso gratuito de la superficie de arena prevista por la norma que regula los contratos. Pero en medio de la protesta, un grupo ingresó a un balneario privado, rompiendo una buena parte de las instalaciones, entre ellos los cercos perimetrales y las carpas. Según fuentes policiales, estos violentos se identificaron como integrantes del Polo Obrero, el MTR y el Frente de Izquierda.

Más allá de los repudiables actos de vandalismo propios de estos grupos, lo cierto es que el achicamiento de las playas públicas es un tema que genera no pocas controversias en la ciudad, y viene de larga data. De hecho, hace casi cuatro años, se registraron en Mar del Plata intensas protestas. Pero el conflicto se agudizó en las últimas semanas a partir de los protocolos que regirán para la inminente temporada por la pandemia de coronavirus.

Una de las personas que más ha batallado en los últimos años por la falta de espacios públicos en las playas es el abogado Julio Razona, quien presentó en los últimos días una denuncia y un pedido de intervención de la justicia “para evitar el avance de emprendimientos privados sobre el dominio público”, a la vez que reclama por “bienes del Estado privatizados ilegalmente”, solicitando asimismo que “se investigue el incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público de los responsables”. La presentación se hizo ante la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires a cargo del Dr. Hernán Gómez.

Cabe aclarar que el Dr. Razona no es precisamente un hombre de izquierda. Más bien lo contrario: en las últimas elecciones, apoyó la candidatura presidencial de José Luis Espert. Pero ello no lo inhibe de reclamar lo que considera un atropello a las libertades públicas. “No hay que confundirse, acá son todos víctimas: la gente y los concesionarios de los balnearios”, afirma el letrado. En su presentación judicial, lo deja bien en claro: “El caos que genera dicha situación victimiza al empresario y a quien pretenden utilizar las playas públicas”.

El problema no es nuevo. Ya en enero de 2017, un grupo organizado en Facebook llamado “En defensa de las playas públicas”, denunciaba la notoria pérdida de espacios públicos en las playas más famosas de Mar del Plata: “La Perla tiene un 88% de superficie privada contra un 12% pública; Playa Grande 82% contra 18%; Punta Mogotes 92% contra 8% y algunas playas del Faro 91% contra 9%”, aseguraban. Casi 4 años después, la situación no varió demasiado.

Pero además, hay una cuestión sobre la que pocos han reparado. En su escrito, Razona cita el artículo 1974 del Código Civil de la Nación, el cual hace referencia al “Camino de sirga”, que determina que “el dueño de un inmueble colindante con cualquiera de las orillas de los cauces o sus riberas, debe dejar libre una franja de terreno de 15 metros de ancho en toda la extensión del curso”. De acuerdo al abogado, “la ausencia de una tarea de demarcación actualizada de la línea de ribera en las costas de Mar del Plata, hace imposible determinar el camino de sirga”, atribuyendo dicha falta a la Municipalidad de General Pueyrredón, lo que ha generado una situación de conflicto y de reclamo por parte de los usuarios de playas públicas, agravada por el actual contexto de pandemia, que obliga a la gente mantener entre sí un distanciamiento de al menos 1 metro y medio.

Recientemente, la Provincia aprobó los protocolos para la temporada. En el caso de los balnearios, la distancia mínima establecida entre sombrillas deberá ser de dos metros y la capacidad máxima por sombrilla y por carpa será determinada por cada municipio. Además, las piscinas podrán funcionar solo al aire libre y con un sistema de turnos que garantice un aforo del 30%. Tampoco estarán habilitados los gimnasios ni el sector de juegos infantiles

En tanto, en las playas públicas, a las medidas generales de distanciamiento y uso de tapabocas se sumará la desinfección periódica de los sanitarios públicos, que deberá ser garantizada por los gobiernos municipales, aunque las especificaciones en este caso son muy escasas.

“Las concesiones otorgadas por los distintos gobiernos municipales no han considerado en los pliegos de licitación de los balnearios la existencia de algo tan lógico como es la acción de la naturaleza y la falta de delimitación del camino de sirga”, afirma Julio Razona, definiendo como “rehenes” de tal situación irregular generada por el Municipio a los empresarios del sector. Los concesionarios subrayan que desde la comuna y desde la provincia no se han hecho obras para frenar el avance del mar, lo que provoca la consecuente reducción de las playas públicas, como el refulado de arena (extracción de arena del fondo del mar para reubicarlo en la playa).

Un análisis publicado en 2019 por el Instituto de Geología de Costas y del Cuaternario de la Universidad de Mar del Plata advertía que cada año se pierde un promedio de dos metros de playa. Dunas que se achican, intervenciones urbanas que empeoran la situación, sudestadas”. El estudio también alertaba que “entre los años 1935 y 2000 se degradó el 61% de las dunas costeras a una velocidad promedio de 0,65 km por año. De mantenerse esta tendencia, para 2030 no existirían sectores relativamente importantes del cordón de dunas costeras naturales”. Y concluye:”Donde se alteró el equilibrio, la arena queda engrampada y no se devuelve a la playa”.

La reciente presentación judicial se asienta sobre un viejo conflicto que involucra a los descendientes del fundador de Mar del Plata, Patricio Peralta Ramos, con la comercialización de los 25 balnearios que hoy se conocen como “Playas del Sur”, uno de los sectores más exclusivos y requeridos por los turistas. En verdad, el mayor problema radica en la falta de espacios públicos en dicha zona.

A fines de la década del 30, los terrenos sobre los que hoy se encuentran aquellos balnearios, les fueron expropiados a los herederos de Peralta Ramos para construir la ruta provincial 11. En 1958, valiéndose de un presunto error en la mensura de los terrenos expropiados, los descendientes del fundador de la ciudad iniciaron una demanda contra el Estado provincial pidiendo la restitución de una parte de ellos. El pleito judicial culminó durante los años de la dictadura militar que encabezaba el general Alejandro Agustín Lanusse. El caso «Peralta Ramos, María Gertrudis de Carboni c/ Buenos Aires, Provincia s/ reivindicación de tierras», fue resuelto por el fallo de la Corte Suprema de Justicia N° 65.345 de abril de 1970, que dio la razón a la familia. Dos años más tarde, los beneficiarios de la sentencia de la Tribunal Supremo constituyeron la firma Playas del Faro SAI (Sociedad Anónima Inmobiliaria), para administrar el territorio recuperado. La fecha del contrato social data del 21 de septiembre de 1972.

“El problema es que con la expropiación, los familiares de Peralta Ramos fueron indemnizados. Es decir, cobraron por una ley y luego les devolvieron los terrenos, alegando que estuvieron mal expropiados”, afirma el Dr. Razona, lo que genera “una situación anormal y muy singular”, además de tratarse de “un acto insanablemente nulo, ya que la devolución de las tierras emanó de una Corte durante un gobierno militar, es decir, ilegal”. A su vez, agrega que “el Estado argentino nunca pudo recuperar el litoral marítimo, pese a que son bienes pertenecientes al dominio público, conforme lo establecido en el art. 2340 del Código Civil anterior y art. 235 del vigente”, tratándose de una cuestión de orden público.

“El sector de Playas del Sur en Mar del Plata es el único caso en el país en que una ciudad mantiene parte del litoral marítimo en manos privadas, incomprensible de un Estado de Derecho pero justificada con el fallo de una Corte integrada durante un gobierno ilegal, el de Juan Carlos Onganía y Alejandro Lanusse”, remata Razona.

Cabe decir que ya en abril de 2019, el abogado marplatense había realizado una presentación formal ante la Defensoría del Pueblo local para pedir su intervención con el objetivo de salvaguardar el patrimonio público y reclamar para el Estado las hectáreas frente al mar que quedaron en poder de la familia Peralta Ramos. De los 42.000 metros de costa que tiene Mar del Plata, 5.000 de ellos pertenecen a estas playas.

Playas del Faro SAI administra 120 hectáreas, a ambos lados de la Ruta 11 que une la ciudad con Miramar, desde Punta Cantera hasta Los Acantilados. Dicha sociedad a su vez está conformada por otras tres firmas: Cabo de las Corrientes SA, Faro al Sur SA, y Médano Alto SA. Las dos primeras poseen la misma fecha de contrato social, 23 de marzo de 1998, e idéntico objeto social: “Servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia”. En tanto, la última se dedica a la “construcción, reforma y reparación de edificios residenciales”. Tanto Médano Alto como Cabo de las Corrientes tienen las mismas autoridades: Carolina Peralta Ramos es su presidente, secundada por Héctor Somoza.

El 10 de diciembre de 1991 se promulgó la Ordenanza Municipal 8434, que determina en su artículo 1 “los indicadores urbanísticos y normas territoriales, administrativas y de manejo, para el predio designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección Y, / Fracción V, ubicado entre el Faro Punta Mogotes al Norte y el Paraje Los Acantilados al Sud; desde el Mar Argentino al Este, hasta las tierras fiscales que lindan con la Ruta Provincial n° 11 hacia el Oeste”.

“La ordenanza establece con precisión el límite de construcciones fijas, que deben estar alejadas al menos 100 metros de la línea de rivera”, consigna el Dr. Razona, a la vez que también determina que los balnearios de uso público se corresponderán con tramos de línea costera en relación de uno público cada tres privados, es decir, un 25%. “Es claro que esta norma no se ha cumplido desde su promulgación y ningún gobierno local la ha hecho cumplir”, agrega el letrado.

El apartado 2 del artículo sexto afirma textual: “Cuando se construya el primer balneario privado definitivo del emprendimiento, se construirá el primer balneario público, curi, aprobación y construcción simultáneas. A partir de allí será construido un balneario público cada tres privados hasta concluir”. En tanto, el apartado 3 del art. 7, afirma que “deberá respetarse una faja de cien metros centrada sobre el eje teórico del cauce de los arroyos, libre de todo tipo de construcción que signifique un obstáculo para el flujo del agua o el riesgo para el habitante no ocasional”

Por su parte, el art 9° sostiene: “Dentro de la faja de 100 metros medidos perpendicularmente a la línea de ribera, libres de construcciones de mampostería o albañilería, podrán levantarse instalaciones removibles (carpas, toldos, sombrillas y puestos abiertos de igual característica formal y constructiva a éstos) para el abastecimiento gastronómico de bebidas o alimentos envasados y de indumentaria o perfumería exclusivamente destinada a la playa”. Y en su apartado 1, afirma lo explicado por Razona: “En la longitud total del desarrollo de costa que se corresponde con la propiedad enunciada en el artículo 1° han de desarrollarse, a la par de los balnearios privados motivo del proyecto de inversión de riesgo que da lugar a esta ordenanza, balnearios de uso público que se corresponderán con tramos de línea costera en relación de uno (1) público cada tres (3) privados (25%)”.

Ante el inminente comienzo de una temporada inédita, y con la vigencia de una serie de protocolos que para algunos sectores son directamente “incumplibles”, el conflicto por la falta de espacio público en las playas marplatenses parece estar llegando a su punto de máxima tensión.

pabloportaluppi01@gmail.com

@portaluppipablo

 

 

 

 

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